Durante los períodos de Ley de Garantías, muchas entidades públicas sienten que cuentan con menos herramientas para contratar de manera ágil y segura. Sin embargo, el ordenamiento jurídico colombiano prevé una alternativa clara, vigente y obligatoria para continuar con los procesos de adquisición: los Acuerdos Marco de Precios y los Instrumentos de Agregación de Demanda disponibles en la Tienda Virtual del Estado Colombiano.
De conformidad con el Decreto 310, estos instrumentos son de uso obligatorio para las entidades sometidas a su aplicación, siempre que el bien o servicio requerido se encuentre cubierto por un Acuerdo Marco vigente. En estos casos, la Ley de Garantías no impide la contratación, siempre que se utilicen correctamente los mecanismos previstos por la norma.
La regla es clara:
si existe un Acuerdo Marco vigente que cubra el bien o servicio requerido, la entidad debe utilizarlo. Omitir su aplicación puede generar observaciones de los órganos de control, riesgos jurídicos y cuestionamientos por deficiencias en la planeación contractual.
El uso adecuado de estos instrumentos permite:
- Continuar con los procesos de contratación durante la Ley de Garantías
- Garantizar transparencia, planeación y trazabilidad
- Reducir riesgos jurídicos y administrativos
- Optimizar tiempos y recursos públicos
Más allá de cumplir una obligación normativa, el uso correcto de los Acuerdos Marco de Precios representa una oportunidad para fortalecer la gestión contractual, incluso en escenarios de restricción electoral.
Acá te mostramos los Acuerdos Marco de Precios y los Instrumentos de Agregación de Demanda vigentes, como una guía práctica para que las entidades identifiquen las opciones disponibles y las apliquen de manera adecuada:







